La excedencia por cuidado de hijos es un derecho que te permite dejar temporalmente tu trabajo para cuidar de tu hijo sin perder el puesto. En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber: duración, requisitos, cómo solicitarla y qué pasa con tu empleo.
Dato clave: La excedencia puede durar hasta 3 años por cada hijo. El primer año tienes reserva de tu puesto exacto.
¿Qué es la Excedencia por Cuidado de Hijos?
Es un derecho recogido en el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores que permite a los trabajadores suspender su contrato de trabajo para dedicarse al cuidado de un hijo menor de 3 años.
Duración de la Excedencia
- Duración máxima: 3 años desde el nacimiento o adopción
- Duración mínima: 4 meses (según convenios, puede variar)
- Ampliable: Puedes solicitarla por periodos más cortos e ir ampliándola
Reserva de Puesto de Trabajo
Este es uno de los puntos más importantes:
| Periodo | Reserva |
|---|---|
| Primer año | Reserva del mismo puesto de trabajo |
| Segundo y tercer año | Reserva de un puesto del mismo grupo profesional |
Requisitos para Solicitar la Excedencia
- Ser trabajador por cuenta ajena
- Tener un hijo menor de 3 años (biológico o adoptado)
- Comunicarlo a la empresa por escrito
- No es necesario un tiempo mínimo de antigüedad
¿Se Cobra Durante la Excedencia?
No. Durante la excedencia por cuidado de hijos no se percibe salario ni prestación de la Seguridad Social. Sin embargo:
- Los 2 primeros años cuentan como cotizados a efectos de jubilación
- Se mantiene el derecho a formación profesional
- Puedes solicitar ayudas autonómicas en algunas comunidades
Cómo Solicitar la Excedencia Paso a Paso
- Revisa tu convenio colectivo para conocer plazos de preaviso
- Redacta una solicitud por escrito que incluya:
- Tus datos personales y de empleado
- Fecha de nacimiento del hijo
- Fecha de inicio de la excedencia
- Duración solicitada
- Presenta la solicitud con antelación suficiente (mínimo 15 días)
- Guarda copia sellada como prueba
Excedencia vs Reducción de Jornada
| Aspecto | Excedencia | Reducción Jornada |
|---|---|---|
| Trabajo | No trabajas | Trabajas menos horas |
| Salario | No cobras | Cobras proporcionalmente |
| Duración máx. | 3 años | Hasta 12 años del hijo |
Reincorporación al Trabajo
Para volver a trabajar:
- Comunica tu intención de reincorporarte con 1 mes de antelación (o según convenio)
- La empresa debe readmitirte en tu puesto o uno equivalente
- Mantienes la antigüedad acumulada
Relacionado
Antes de solicitar la excedencia, calcula cuándo termina tu baja de maternidad con nuestra calculadora de baja de maternidad. Así podrás planificar mejor la transición.
Preguntas Frecuentes
¿Pueden despedirme durante la excedencia?
No por el hecho de estar de excedencia. Estarías protegido y el despido sería nulo si está relacionado con tu situación.
¿Puedo trabajar en otra empresa durante la excedencia?
Sí, a menos que tu contrato tenga cláusula de exclusividad o no competencia. Pero perderías la reserva del puesto si no respetas el compromiso.
¿Puedo pedir excedencia después de la baja de maternidad?
Sí, es muy habitual. Puedes encadenar la baja de maternidad, la lactancia acumulada y después la excedencia.
¿Puedo interrumpir la excedencia y volver antes?
Generalmente sí, pero depende del convenio. Debes comunicarlo con antelación.