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Bono Social para Familias con Hijos 2026

Si acabas de tener un hijo, el bono social eléctrico te permite ahorrar hasta un 57,5% en la factura de la luz. Descubre si cumples los requisitos y cómo solicitarlo.

Hasta 57,5% de descuento · Compatible con baja maternidad · Familias numerosas automático

¿Qué es el bono social eléctrico?

El bono social eléctrico es un descuento en la factura de la luz para hogares con dificultades económicas. Lo fija el Gobierno y lo aplican las comercializadoras de referencia sobre la tarifa regulada (PVPC).

En 2026, los descuentos son estos:

42,5%

de descuento

Consumidor vulnerable

Renta limitada por composición familiar

57,5%

de descuento

Consumidor vulnerable severo

Renta aún más limitada o servicios sociales

Los descuentos se aplican sobre el término de energía y el de potencia de tu factura. Para tener el bono social necesitas la tarifa PVPC (la regulada) con una comercializadora de referencia y una potencia de 10 kW o menos.

Requisitos para familias con hijos

Los requisitos de renta se calculan sobre el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que en 2026 es de 8.400 euros anuales en 14 pagas. El límite se ajusta según quién vive contigo:

Consumidor vulnerable (descuento del 42,5%)

Tu renta anual familiar debe ser igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas, con incrementos por cada miembro más:

  • Base (1 persona): 12.600 euros/año
  • +0,3 IPREM por cada miembro adicional mayor de edad (+2.520 euros/año)
  • +0,5 IPREM por cada menor de edad (+4.200 euros/año)

Consumidor vulnerable severo (descuento del 57,5%)

La renta anual de la unidad de convivencia debe ser igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas (16.800 euros/año para una persona), con los mismos incrementos por miembro adicional.

Familia numerosa: acceso directo

Si tu familia tiene el título de familia numerosa en vigor, tienes derecho al bono social como consumidor vulnerable sin necesidad de cumplir los requisitos de renta. Para acceder a la categoría de vulnerable severo, la renta anual debe ser igual o inferior a 16.800 euros (2 veces el IPREM).

Familia monoparental

Las unidades de convivencia formadas por un único progenitor y al menos un menor tienen una consideración especial: el límite de renta se incrementa en 0,5 veces el IPREM adicional (4.200 euros más al año).

Requisitos generales obligatorios

  • Ser persona física y titular del contrato de suministro eléctrico
  • El suministro debe ser de la vivienda habitual (no segundas residencias)
  • Tener contratada la tarifa PVPC con una comercializadora de referencia
  • Potencia contratada igual o inferior a 10 kW

Cuánto te ahorras con el bono social

El ahorro real depende de cuánto consumas, pero aquí van ejemplos orientativos para una familia con un consumo medio de 200 kWh/mes:

Situación Factura sin bono Con bono social Ahorro/mes
Consumidor vulnerable (42,5%) 65 euros 37 euros 28 euros
Vulnerable severo (57,5%) 65 euros 28 euros 37 euros

Esto supone un ahorro anual de entre 336 y 444 euros aproximadamente. El descuento se aplica automáticamente en cada factura una vez concedido el bono social.

Y si aun con el bono tu factura supera cierto umbral, la comercializadora de referencia asume el coste extra. Es lo que se llama suministro mínimo vital de electricidad.

Cómo solicitar el bono social

El bono social se pide directamente a tu comercializadora de referencia. Si ahora tienes una tarifa del mercado libre, primero cámbiate a una comercializadora de referencia y contrata la tarifa PVPC (el cambio es gratis).

  1. 1

    Comprueba tu comercializadora: debes estar con una comercializadora de referencia (Endesa Energía XXI, Iberdrola Comercialización de Último Recurso, Naturgy Iberia, EDP Comercializadora de Último Recurso, Repsol Comercializadora de Último Recurso, entre otras). Puedes consultarlo en tu factura. Si estás en el mercado libre, contacta con una de ellas para pasarte a la tarifa PVPC.

  2. 2

    Rellena el formulario de solicitud: descárgalo de la web de tu comercializadora de referencia o pídeselo directamente. Cada comercializadora tiene su propio formulario, pero los datos que piden son los mismos.

  3. 3

    Adjunta la documentación:

    • - DNI o NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia
    • - Libro de familia o certificados de nacimiento
    • - Certificado de empadronamiento
    • - Título de familia numerosa (si aplica)
    • - Última declaración de la renta o certificado de imputaciones de la AEAT
  4. 4

    Envía la solicitud: puedes presentarla por correo electrónico, correo postal o presencialmente en la oficina de la comercializadora. Cada compañía especifica sus canales en su web.

  5. 5

    Espera la resolución: la comercializadora tiene un máximo de 10 días hábiles para resolver. Si se aprueba, el descuento se aplica desde la siguiente factura. La vigencia es de 2 años, tras los cuales deberás renovarlo.

Bono social térmico: ayuda adicional para calefacción

Si ya tienes el bono social eléctrico, recibes automáticamente el bono social térmico: una ayuda anual para cubrir parte del gasto en calefacción, agua caliente y cocina.

  • No necesitas solicitarlo: se concede automáticamente a quienes sean beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior.
  • Cuantía: varía según tu zona climática y tu grado de vulnerabilidad. Oscila entre 40 y 375 euros anuales. Las zonas más frías y los consumidores vulnerables severos reciben importes más altos.
  • Forma de pago: se cobra mediante un pago único por transferencia bancaria, normalmente durante el primer trimestre del año.
  • Compatible con todo: es compatible con el bono social eléctrico y con cualquier otra ayuda social, ya que no se considera ingreso a efectos de otras prestaciones.

Compatibilidad con baja maternidad y otras ayudas

Como el bono social es un descuento en la factura (no dinero que te ingresan), es totalmente compatible con las ayudas de maternidad y paternidad:

  • Baja de maternidad/paternidad: puedes disfrutar del bono social mientras cobras la prestación por nacimiento. La prestación se computa como renta, pero en muchos casos las familias con hijos pequeños cumplen igualmente los umbrales de renta del bono social.
  • Prestación Universal por Crianza: los 200 euros/mes por hijo son compatibles con el bono social.
  • Ingreso Mínimo Vital: el IMV y su complemento de infancia son compatibles. Si cobras el IMV, es muy probable que cumplas los requisitos de renta del bono social.
  • Ayudas por nacimiento: el cheque bebé, las ayudas autonómicas y municipales por nacimiento de hijo son todas compatibles con el bono social.
  • Bono social térmico: si tienes el bono social eléctrico, el bono térmico se te concede automáticamente. Ambos son compatibles entre sí y con todas las ayudas anteriores.

La parte que nadie te cuenta: si te acabas de incorporar al mercado laboral o has tenido un hijo hace poco, tus ingresos del año anterior probablemente sean más bajos de lo habitual. Eso puede hacer que cumplas los requisitos de renta. Compruébalo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar el bono social si estoy de baja de maternidad o paternidad?
Sí. El bono social se concede en función de la renta anual de la unidad de convivencia y del número de miembros que la componen. El hecho de estar de baja de maternidad o paternidad no impide solicitarlo. De hecho, si durante el año tu renta ha sido inferior (por ejemplo, porque no has trabajado el año completo o porque la prestación por nacimiento es inferior a tu salario habitual), podrías cumplir los requisitos de renta más fácilmente. Lo que importa es la última declaración de la renta presentada o, si no estás obligado a declarar, los ingresos declarados ante la Agencia Tributaria.
¿El bono social es compatible con otras ayudas por nacimiento de hijo?
Sí, el bono social eléctrico es totalmente compatible con la prestación por nacimiento y cuidado del menor (baja de maternidad y paternidad), la Prestación Universal por Crianza de 200 euros al mes, el Ingreso Mínimo Vital, el complemento de infancia, la deducción por maternidad, las ayudas autonómicas y municipales por nacimiento, y cualquier otra ayuda social. El bono social es un descuento en la factura de la luz, no una prestación económica, por lo que no computa como ingreso ni afecta al cálculo de otras ayudas.
¿Cuánto tarda en concederse el bono social?
La comercializadora de referencia tiene un plazo máximo de 10 días hábiles desde que recibe la solicitud completa con toda la documentación para resolver. Si la solicitud se aprueba, el descuento se aplica a partir de la siguiente factura. Si pasados 10 días hábiles no has recibido respuesta, puedes reclamar a la comercializadora. La vigencia del bono social es de 2 años desde su concesión, y debe renovarse antes de que expire.
¿Necesito tener contratada la tarifa PVPC para pedir el bono social?
Sí, es un requisito obligatorio. El bono social solo se aplica sobre la tarifa PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor), que es la tarifa regulada por el Gobierno. Esta tarifa solo la ofrecen las comercializadoras de referencia (como Endesa Energía XXI, Iberdrola Comercialización de Último Recurso, Naturgy Iberia, etc.). Si tienes contratada una tarifa del mercado libre, primero deberás cambiar a una comercializadora de referencia y contratar la tarifa PVPC. El cambio es gratuito y puedes hacerlo contactando directamente con la comercializadora de referencia. Además, la potencia contratada debe ser igual o inferior a 10 kW.

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Base legal

  • RD 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica
  • RD-ley 23/2024, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan medidas sociales en materia de energía (porcentajes de descuento 2025-2026)
  • RD 1060/2022, de 27 de diciembre, que modifica el RD 897/2017 actualizando los umbrales de renta y las condiciones de vulnerabilidad
  • RD 391/2021, de 1 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas para sufragar el coste del bono social térmico
  • Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico — Art. 45 (bono social)

Revisado por Carlos Baena Gómez

Graduado Social Colegiado n.º 790 · Especialista en prestaciones de la Seguridad Social

Última actualización:

Esta información tiene carácter orientativo. Para tu caso concreto, consulta con la Seguridad Social o con un profesional cualificado.

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