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Segundo Periodo de Paternidad 2026: Cómo Solicitarlo Online

El segundo periodo de paternidad comprende 13 semanas voluntarias que puedes fraccionar en tramos y distribuir hasta que el menor cumpla 12 meses. Cada tramo requiere una nueva solicitud en la Sede Electrónica del INSS.

13 semanas voluntarias · 100% base reguladora · Solicitud online

¿Qué es el segundo periodo de la baja por paternidad?

La guía completa de baja por paternidad 2026 explica que el permiso se compone de 19 semanas divididas en dos bloques. El segundo periodo abarca las 13 semanas voluntarias que puedes solicitar ante la Sede Electrónica y fraccionar en tramos:

  • Primer periodo (obligatorio) — 6 semanas ininterrumpidas, a jornada completa, inmediatamente después del nacimiento. No son renunciables ni fraccionables.
  • Segundo periodo (voluntario) — 13 semanas que se pueden disfrutar de forma continua o fraccionada en tramos semanales. Cada tramo debe ser de al menos 7 días naturales.

Aquí es donde la gente se lía: necesitas una nueva solicitud ante el INSS por cada tramo. No vale con la solicitud inicial de las 6 semanas obligatorias. Cada bloque de semanas voluntarias va por separado.

Adicionalmente, existen 2 semanas extra en caso de discapacidad del hijo/a, que pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.

¿Cuándo puedo disfrutar el segundo periodo?

Siguiente paso: cuándo puedes coger esas 13 semanas y cómo fraccionarlas.

Puedes coger el segundo periodo en cualquier momento entre las 6 semanas obligatorias y los 12 meses del bebé. No hace falta que lo pilles justo después: puedes volver al trabajo y solicitarlo más adelante por la Sede Electrónica.

Las reglas del juego:

  • Periodos semanales: cada tramo debe ser de mínimo 7 días naturales (una semana completa).
  • Plazo límite: todos los tramos deben disfrutarse antes de que el bebé cumpla 12 meses. Las semanas no disfrutadas se pierden.
  • Jornada completa o parcial: previo acuerdo con la empresa, puedes disfrutar las semanas voluntarias a jornada parcial (mínimo 50%). En ese caso, la prestación se reduce proporcionalmente.
  • Aviso a la empresa: debes comunicar a tu empleador con al menos 15 días de antelación las fechas de inicio y fin de cada tramo.

Ejemplo práctico: si tu bebé nace el 15 de enero de 2026, las 6 semanas obligatorias terminan el 25 de febrero. A partir de ese momento, puedes tomar las 13 semanas voluntarias de forma continua (hasta el 27 de mayo) o fraccionarlas en tramos hasta el 15 de enero de 2027 (cuando el menor cumpla 12 meses).

Cómo solicitar el segundo periodo online

Ahora lo importante: cómo presentar la solicitud en la Sede Electrónica.

Cada tramo va con su propia solicitud en la Sede Electrónica. No hay atajos: cada bloque se tramita por separado. Así se solicita el segundo periodo online:

  1. 1

    Accede a la Sede Electrónica

    Entra en sede.seg-social.gob.es e identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve permanente.

  2. 2

    Busca el trámite de nacimiento

    Navega a "Prestaciones" → "Nacimiento y cuidado del menor" y selecciona "Nueva solicitud" (no "Consulta" — es una solicitud nueva para el tramo).

  3. 3

    Indica las fechas del tramo

    Rellena las fechas de inicio y fin del periodo voluntario que quieres disfrutar. El sistema validará que el tramo sea de al menos 7 días y esté dentro de los 12 meses del menor.

  4. 4

    Adjunta el certificado de empresa actualizado

    Necesitarás un nuevo certificado de empresa que refleje la fecha del último día trabajado antes de este tramo y tu base de cotización actual. Pídelo a tu departamento de RRHH con antelación.

  5. 5

    Envía y espera resolución

    Confirma la solicitud y recibirás un justificante por correo electrónico. El INSS resolverá en un plazo de 7-15 días (plazo legal: 30 días).

Documentación necesaria para cada solicitud de tramo: certificado digital o Cl@ve, certificado de empresa actualizado y, solo si es la primera tramitación, informe de maternidad o libro de familia.

Plazos y requisitos importantes

Para que cada tramo salga bien, ojo con estos requisitos:

Requisito Detalle
Aviso a la empresa Mínimo 15 días de antelación antes del inicio del tramo
Duración mínima por tramo 7 días naturales (una semana completa)
Plazo máximo para disfrutarlo Antes de que el menor cumpla 12 meses
Certificado de empresa Nuevo certificado para cada tramo
Modificaciones Las fechas no son modificables una vez presentada la solicitud

Atención: una vez presentada la solicitud con las fechas concretas, no se pueden modificar. Si necesitas cambiar las fechas, debes desistir de la solicitud y presentar una nueva, lo cual puede generar retrasos. Por eso es recomendable planificar bien los tramos antes de solicitarlos.

¿Cuánto se cobra en el segundo periodo?

Cobras lo mismo que en el primero: el 100% de tu base reguladora. No hay penalización por fraccionar las semanas.

La base reguladora se calcula sobre la base de cotización del mes anterior al inicio de cada tramo. Esto significa que si entre el primer y el segundo periodo tu salario ha cambiado (por ejemplo, por una subida salarial), la prestación del segundo periodo reflejará la nueva base de cotización.

  • Prestación: 100% de la base reguladora, sin tope para el pago (sí hay tope máximo de base de cotización).
  • IRPF: tributa como rendimiento del trabajo. La retención depende de tus circunstancias personales.
  • Cotización: sigues cotizando a la Seguridad Social durante el segundo periodo; la cuota la asume el INSS.

Calcula el importe exacto de tu prestación con nuestra calculadora de baja por paternidad.

Coste de gestión por tramos adicionales

Cada tramo del segundo periodo implica una nueva solicitud ante la Seguridad Social con su correspondiente documentación. Si gestionas los trámites por tu cuenta a través de la Sede Electrónica, el proceso es gratuito.

Si prefieres que un profesional gestione cada tramo por ti, en Automa-Time el coste es de 10 euros por tramo adicional. Esto incluye la preparación de la solicitud, la obtención del certificado de empresa y la presentación ante el INSS. El primer periodo (6 semanas obligatorias) está incluido en el servicio base de trámites.

Consejo: si planeas disfrutar las 13 semanas voluntarias de forma continua (un solo tramo), solo necesitas una solicitud adicional. Si las fraccionas en varios bloques, cada bloque es un trámite independiente.

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar el segundo periodo de paternidad online?
Sí. El segundo periodo de paternidad se solicita online a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (sede.seg-social.gob.es). Necesitas certificado digital, DNIe o Cl@ve permanente. El trámite es "Solicitud de prestación por nacimiento y cuidado del menor" indicando las fechas del nuevo tramo. Cada tramo requiere una solicitud independiente.
¿Cuántos tramos puedo hacer en el segundo periodo de paternidad?
No hay un límite legal de tramos, siempre que cada tramo sea de al menos 7 días (una semana completa) y se disfrute antes de que el menor cumpla 12 meses. En la práctica, puedes dividir las 13 semanas voluntarias en tantos tramos como quieras, siempre que cada uno sea de mínimo 7 días naturales. Ten en cuenta que cada tramo requiere una nueva solicitud al INSS y un nuevo certificado de empresa.
¿Necesito un nuevo certificado de empresa para cada tramo?
Sí. Cada tramo del segundo periodo requiere un certificado de empresa actualizado donde conste la fecha del último día trabajado antes de ese tramo concreto y la base de cotización vigente. Tu empresa está obligada a emitirlo. Si lo gestionas a través de un Graduado Social, este se encarga de solicitar el certificado a tu empresa.
¿Se cobra lo mismo en el segundo periodo que en el primero?
Sí. La prestación durante el segundo periodo es exactamente igual: el 100% de la base reguladora. No hay diferencia económica entre las 6 semanas obligatorias y las 13 semanas voluntarias. La base reguladora se recalcula con la cotización del mes anterior al inicio de cada tramo, por lo que si tu salario ha cambiado, el importe podría variar ligeramente.

Planifica tu segundo periodo de paternidad

Usa nuestra calculadora para sacar las fechas exactas de cada tramo y la prestación estimada, o deja que un Graduado Social se encargue de la solicitud por ti.

Base legal

  • Real Decreto-ley 9/2025 — Ampliación del permiso por nacimiento a 19 semanas (BOE-A-2025-15741)
  • Estatuto de los Trabajadores — Art. 48.4 (suspensión del contrato por nacimiento y cuidado del menor)
  • Ley General de la Seguridad Social — Art. 177-182 (prestación por nacimiento)
  • Real Decreto 295/2009 — Regulación de las prestaciones económicas por maternidad y paternidad

Revisado por Carlos Baena Gómez

Graduado Social Colegiado n.º 790 · Especialista en prestaciones de la Seguridad Social

Última actualización:

Esta información tiene carácter orientativo. Para tu caso concreto, consulta con la Seguridad Social o con un profesional cualificado.

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